
Ayudas para audífonos en Murcia 2027
Hasta 3.000 € del IMAS
Conoce quién puede solicitar la ayuda para la compra de hasta dos audífonos, qué documentos necesitas y cómo presentar tu solicitud.
Plazo abierto hasta el 25 de noviembre de 2026.
El Instituto Murciano de Acción Social (IMAS) permite solicitar una ayuda económica para adquirir audífonos cuando se cumplen los requisitos de la convocatoria. La cuantía máxima es de 3.000 € para un máximo de dos unidades.
La solicitud se presenta del 15 de octubre al 25 de noviembre de 2026, aunque la convocatoria corresponde al ejercicio 2027. En esta guía encontrarás una explicación clara de los dos procedimientos, los requisitos y los formularios oficiales vigentes.
Importante: los 3.000 € son el límite máximo, no una cantidad garantizada para todas las personas. El importe reconocido depende de los requisitos, el baremo económico y social y el crédito disponible. En la ayuda para audífonos, el límite de dos unidades se refiere al conjunto de la solicitud, no a 3.000 € por cada audífono.
¿Quién puede solicitar las ayudas para audífonos en Murcia?
El IMAS ofrece dos vías diferentes. No son dos ayudas acumulables para comprar los mismos audífonos: debes identificar el procedimiento que corresponde a tu situación antes de rellenar la solicitud.
Personas mayores de 65 años
Dirigido a personas que ya hayan cumplido 65 años, estén empadronadas en la Región de Murcia y sean pensionistas de la Seguridad Social o cónyuges de pensionistas.
La concesión también está sujeta a criterios económicos, a la necesidad de audífonos y al baremo de la convocatoria.
Consultar requisitos oficiales para mayores de 65 años ↗
Personas con discapacidad reconocida
Dirigido a personas empadronadas en Murcia con un grado de discapacidad reconocido, en vigor, igual o superior al 33 %.
Además, la necesidad de la ayuda debe estar relacionada directamente con la discapacidad y acreditarse mediante el informe o prescripción del Equipo de Valoración y Orientación del IMAS.
Consultar requisitos oficiales para discapacidad ↗
¿De cuánto dinero es la ayuda para comprar audífonos?
Las dos convocatorias de 2027 contemplan el mismo máximo para prótesis auditivas: hasta 3.000 € para un máximo de dos audífonos. No todas las solicitudes reciben el importe máximo. El IMAS aplica la valoración socioeconómica prevista en las bases y en la resolución anual.
| Aspecto | Mayores de 65 años | Personas con discapacidad |
|---|---|---|
| Procedimiento IMAS | 589 | 582 |
| Ayuda para audífonos | Hasta 3.000 € | Hasta 3.000 € |
| Número máximo de audífonos | 2 | 2 |
| Condición específica | 65 años y pensionista o cónyuge de pensionista | Discapacidad reconocida de al menos el 33 % y relación con la necesidad |
| Plazo de solicitud | 15/10/2026 a 25/11/2026 | 15/10/2026 a 25/11/2026 |
Ejemplo orientativo: si el presupuesto de tus audífonos es de 2.400 €, eso no significa que vayas a recibir 2.400 €. La Administración estudia tu expediente y determina, en su caso, la cuantía aprobada. Tampoco se conceden 3.000 € por separado para cada aparato.
Requisitos económicos y personales que debes revisar
Además de pertenecer a uno de los dos grupos, existen condiciones comunes. Conviene comprobarlas antes de encargar los audífonos o reunir toda la documentación.
- Residencia: estar empadronado en un municipio de la Región de Murcia en la fecha de la solicitud.
- Necesidad acreditada: contar con la documentación que justifique la necesidad de la ayuda auditiva. En la vía de mayores se requiere informe médico o prueba complementaria; en discapacidad interviene el Equipo de Valoración y Orientación del IMAS.
- Presupuesto: presentar un presupuesto detallado con IVA, a nombre de quien solicita la ayuda, superior a 100 € y con fecha posterior al 1 de enero de 2026, o la factura si la adquisición ya se ha realizado.
- Otras ayudas: no tener acceso a prestaciones de naturaleza análoga para la misma finalidad en los términos de las bases.
- Ayudas anteriores: por regla general, no haber recibido ayudas para idéntica finalidad en los dos años anteriores, salvo necesidad debidamente acreditada; y haber justificado las ayudas de los dos ejercicios previos cuando proceda.
- Valoración: alcanzar la puntuación exigida en el baremo y existir presupuesto público suficiente.
¿Existe un límite de ingresos para pedir la ayuda?
Sí. El IMAS establece límites de renta per cápita atendiendo al número de personas de la unidad de convivencia y tomando como referencia el IPREM mensual vigente. Los coeficientes que figuran en las fichas oficiales son:
| Personas en la unidad de convivencia | Límite de renta per cápita indicado por el IMAS |
|---|---|
| 1 persona | 2,5 veces el IPREM mensual |
| 2 personas | 1,75 veces el IPREM mensual |
| 3 o más personas | 1,25 veces el IPREM mensual |
Se comprueban también determinadas condiciones patrimoniales, incluidos inmuebles que superen los límites establecidos, con las exclusiones previstas para la vivienda habitual y otros bienes, y los rendimientos de capital mobiliario. No es suficiente consultar la pensión individual: debe valorarse la unidad de convivencia y el resto de criterios aplicables.
La puntuación mínima se determina conforme al baremo publicado. Para la vía de discapacidad, la normativa señala que no puede ser inferior a 11 puntos. Por eso, si tu situación económica o familiar es especial, merece la pena revisar el anexo oficial antes de descartar tu solicitud.
Documentación necesaria para solicitar la ayuda de audífonos
Para evitar desplazamientos y requerimientos, prepara una carpeta con estos documentos. Algunos son obligatorios para todos los solicitantes y otros solo cuando se da una determinada situación.
Documentos básicos
- Solicitud oficial de 2027 del procedimiento 589 o 582, debidamente cumplimentada y firmada.
- Certificado o volante de empadronamiento colectivo, con todas las personas incluidas en la misma hoja padronal y emitido con una antigüedad no superior a seis meses.
- Documento bancario que identifique a la persona titular y el IBAN de la cuenta en la que se abonaría la ayuda.
- Presupuesto de los audífonos con IVA, fecha de emisión, datos de la persona solicitante y detalle de los equipos. Si ya se han comprado, la factura correspondiente.
- Documentación acreditativa de la necesidad auditiva, según los requisitos de cada procedimiento.
Documentos adicionales, según tu situación
- Libro de familia o certificado de matrimonio si solicitas la ayuda de mayores como cónyuge de una persona pensionista.
- Justificantes de ingresos, nóminas o documentación de actividad autónoma, en los supuestos indicados en el trámite.
- Modelo de consentimiento familiar para consulta de datos cuando convivas con otras personas mayores de 16 años, si corresponde.
- Informes o justificantes que permitan valorar circunstancias del baremo: gastos de vivienda, problemas graves de salud o situaciones sociales, cuando proceda.
- Documentación de residencia o nacionalidad y representación legal en los casos previstos.
En nuestro estudio auditivo valoramos las necesidades de audición y podemos preparar un presupuesto detallado de los audífonos seleccionados. La evaluación audioprotésica no sustituye automáticamente los informes oficiales que el IMAS pueda exigir.
Cómo solicitar la ayuda del IMAS paso a paso
La solicitud corresponde a la persona interesada o a quien la represente legalmente. El centro auditivo puede ayudarte a preparar la información técnica y el presupuesto, pero la resolución y concesión son competencia exclusiva del IMAS.
- Identifica la convocatoria que te corresponde. Comprueba los requisitos del procedimiento 589 (mayores) o del 582 (discapacidad).
- Realiza una evaluación auditiva. Permite valorar si es aconsejable utilizar uno o dos audífonos y elegir modelos adecuados para tu pérdida auditiva y tus hábitos de vida.
- Solicita un presupuesto detallado. Debe recoger los audífonos, el precio con IVA y los datos de quien solicitará la ayuda. No lo pongas a nombre de otro familiar.
- Prepara los certificados y el informe exigido. Reúne padrón colectivo, cuenta bancaria y, según el caso, documentación médica, social o económica.
- Presenta la solicitud antes del 25 de noviembre de 2026. Puedes hacerlo en la sede electrónica con un medio de identificación admitido o presencialmente en las oficinas de registro previstas, cuando corresponda.
- Guarda el justificante de registro y revisa las notificaciones. Si el IMAS te pide corregir o ampliar algún dato, atiende el requerimiento dentro del plazo que se indique.
- Si te conceden la ayuda, justifica el gasto. Debes presentar las facturas correspondientes en los tres meses siguientes a la concesión, siguiendo las indicaciones del procedimiento.
La presentación electrónica se realiza desde la ficha oficial mediante certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve, según indique el sistema. La sede utiliza su propio formulario específico y puede requerir firma electrónica. Si prefieres la atención presencial y no estás obligado a tramitar por Internet, consulta la red de Oficinas de Asistencia en Materia de Registro de la CARM y solicita cita cuando corresponda.
Documentos oficiales de las ayudas IMAS 2027: formularios y resoluciones
Esta sección reúne enlaces directos a los modelos vigentes de 2027 y al texto de las convocatorias. Los archivos de solicitud publicados por el IMAS están en formato RTF, que normalmente puedes abrir con Word o un procesador de textos compatible. Para iniciar el trámite por Internet, utiliza la ficha oficial del procedimiento.
Ayuda para mayores de 65 años · Código 589
Ayuda para personas con discapacidad · Código 582
Fechas clave: solicitud, resolución y facturas
| Trámite | Fecha o plazo |
|---|---|
| Publicación de las resoluciones | 14 de octubre de 2026 (BORM n.º 237) |
| Inicio del plazo de solicitud | 15 de octubre de 2026 |
| Fin del plazo de solicitud | 25 de noviembre de 2026 |
| Plazo máximo para resolver y notificar | 6 meses desde la entrada de la solicitud en el registro competente |
| Entrega de facturas si se concede la ayuda | Dentro de los 3 meses siguientes a la concesión |
Si transcurre el plazo máximo de resolución sin respuesta expresa, la normativa prevé silencio administrativo desestimatorio. Ante una denegación o cualquier duda sobre el expediente, conviene consultar con el IMAS los recursos y plazos aplicables; las fichas oficiales incluyen la reclamación previa a la vía jurisdiccional social.
Teléfonos de información del IMAS: 968 366 270, 968 362 000 y 012.
Errores habituales que conviene evitar
- Usar un formulario antiguo. Descarga el de 2027, no el de convocatorias anteriores.
- Confundir las dos vías. La condición de mayor de 65 años no sustituye el reconocimiento de discapacidad exigido en el procedimiento 582.
- Presentar un presupuesto a nombre de un familiar. El documento debe identificar a la persona solicitante.
- Usar documentos caducados. Comprueba la antigüedad del padrón y de los justificantes o informes que deban ser recientes.
- Solicitar el máximo como si fuera automático. Los 3.000 € son un techo y pueden conceder una cantidad inferior o denegar la ayuda.
- Dejar la solicitud para el último día. Si falta un documento o aparece un problema de firma digital, podría complicarse la presentación.
- Olvidar la justificación. Una vez concedida, guarda y presenta las facturas en el plazo indicado.
En Centros Auditivos La Flota te ayudamos a preparar el presupuesto
Sabemos que el proceso puede resultar complicado cuando se realiza por primera vez. En nuestros centros auditivos de Murcia, Alcantarilla y Alhama de Murcia podemos orientarte sobre la parte auditiva y documental relacionada con la elección de tus prótesis.
El primer paso es conocer cómo escuchas. Con un estudio auditivo valoramos tus necesidades y te explicamos las características de los diferentes tipos de audífonos. Después elaboramos un presupuesto a tu nombre, detallado y con IVA, que puedas utilizar como parte de la documentación de la solicitud si cumple las condiciones del IMAS.
Si finalmente compras tus audífonos, realizamos la adaptación y los ajustes necesarios, además del seguimiento correspondiente. La tramitación y la concesión de la subvención siguen siendo responsabilidad de la Administración.
¿Vas a solicitar la ayuda antes del 25 de noviembre?
Pide una cita y te ayudaremos a conocer tus necesidades auditivas y a preparar un presupuesto adaptado a la convocatoria de 2027.
Pedir cita en La Flota ↗
Preguntas frecuentes sobre las ayudas para audífonos en Murcia 2027
Resolvemos las consultas que más suelen surgir antes de presentar la solicitud. Pulsa sobre cada pregunta para ver la respuesta.
¿Cuánto dinero ofrece el IMAS para audífonos en 2027?
¿Hasta cuándo puedo presentar la solicitud?
El plazo está abierto del 15 de octubre al 25 de noviembre de 2026. La convocatoria se tramita anticipadamente para el ejercicio 2027.
¿Puedo solicitarla si tengo menos de 65 años?
La ayuda para personas mayores (589) exige 65 años cumplidos. Sin embargo, existe el procedimiento 582 para personas con discapacidad reconocida igual o superior al 33 % que cumplan los demás requisitos, sin exigir esa edad mínima.
¿Puedo solicitarla si soy mayor de 65 años pero no cobro pensión?
En el procedimiento 589 se exige ser pensionista de la Seguridad Social o cónyuge de una persona pensionista, además del resto de condiciones. Si no cumples ninguna de esas circunstancias, consulta con el IMAS si existe alguna alternativa aplicable a tu caso.
¿Necesito tener reconocida una discapacidad para pedir la ayuda?
No necesariamente. La vía de mayores de 65 años no establece como requisito general tener reconocido un 33 % de discapacidad. Para el procedimiento 582, en cambio, sí se exige discapacidad reconocida y en vigor igual o superior al 33 %.
¿Los 3.000 € son por cada audífono o por los dos?
Es el importe máximo conjunto para un máximo de dos unidades, no 3.000 € por audífono.
¿Puedo comprar los audífonos antes de que me concedan la ayuda?
La convocatoria admite la presentación de una factura si ya se ha realizado la compra, con fecha posterior al 1 de enero de 2026 y a nombre de la persona solicitante. Eso no garantiza la concesión ni el reembolso; conviene revisar todas las condiciones antes de comprometer el gasto.
¿Qué informe necesito para justificar la pérdida auditiva?
En la ayuda de mayores se pide informe médico o prueba complementaria que acredite la necesidad de la ayuda técnica. En la vía de discapacidad, la relación entre la ayuda y la discapacidad debe acreditarse mediante el informe o prescripción del Equipo de Valoración y Orientación del IMAS. Una audiometría puede ser útil para la valoración, pero no sustituye por sí misma los documentos que exija el procedimiento.
¿Puedo pedirla si recibí una ayuda para audífonos hace dos años?
Las bases restringen las ayudas para la misma finalidad en los dos años anteriores, con una excepción cuando se acredite documentalmente la nueva necesidad. Si es tu caso, consulta al IMAS y aporta, si procede, la documentación de la ayuda anterior y el motivo de la nueva solicitud.
¿Puedo presentar la solicitud presencialmente?
Sí, cuando no estés obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración, puedes acudir a las oficinas de asistencia en materia de registro admitidas por la CARM. Consulta los requisitos de atención y la cita previa. También está disponible la presentación electrónica desde la ficha de cada procedimiento.
¿Qué ocurre si me conceden la ayuda?
Debes seguir las condiciones de la resolución y presentar las facturas justificativas en los tres meses siguientes a la concesión. Conserva el justificante de presentación y toda la documentación de los audífonos.
¿Dónde puedo descargar el formulario oficial de 2027?
En el apartado «Documentos oficiales de las ayudas IMAS 2027» encontrarás los formularios RTF para los procedimientos 589 y 582, sus resoluciones del BORM y los enlaces a la sede electrónica.
Fuentes oficiales: CARM — procedimiento 589; CARM — procedimiento 582; Murcia Social — convocatoria discapacidad 2027; Murcia Social — convocatoria mayores 2027.
Aviso de actualización: este contenido es informativo y refleja la situación oficial consultada el 20 de octubre de 2026. El IMAS puede modificar formularios o publicar aclaraciones; ante cualquier discrepancia prevalecerán la resolución del BORM y la información de la sede electrónica. Centros Auditivos La Flota no concede ni resuelve estas subvenciones.

La información me parece muy instructiva e interesante, gracias
Gracias a usted Manuel.